RD 39/1997: Reglamento de los Servicios de Prevención- Marco Normativo Sólido

RD 39/1997: Reglamento de los Servicios de Prevención- Marco Normativo Sólido.

El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, una de las normas más relevantes dentro del marco jurídico español en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Este reglamento desarrolla la Ley 31/1995, estableciendo las bases técnicas y organizativas necesarias para proteger la salud y seguridad de los trabajadores en cualquier sector. Su aplicación garantiza no solo el cumplimiento legal, sino también un entorno laboral más seguro, eficiente y sostenible.

El texto legal establece las obligaciones de las empresas en cuanto a la evaluación de riesgos, la planificación preventiva, la organización de recursos técnicos y humanos y la formación del personal, entre otros aspectos clave. Además, subraya la necesidad de disponer de equipos de protección y seguridad adecuados, como los extintores certificados, que son esenciales dentro de cualquier plan de emergencia.

Objetivo y aplicación del Reglamento de los Servicios de Prevención

El objetivo fundamental del RD 39/1997 es definir cómo deben estructurarse y aplicarse las actividades preventivas dentro de una empresa. Su alcance se extiende a todas las organizaciones, tanto del sector público como del privado, independientemente de su tamaño o naturaleza.

La normativa busca que las empresas planifiquen y gestionen la prevención de riesgos de forma eficaz, promoviendo una cultura preventiva real y activa. En este contexto, la instalación de sistemas de detección y extinción de incendios, junto con la adecuada formación de los trabajadores, son pilares esenciales para minimizar los efectos de posibles siniestros.

Asimismo, disponer de recursos materiales de calidad es indispensable. En este punto, resulta prioritario comprar extintores certificados y homologados, adaptados a los diferentes tipos de fuego y al nivel de riesgo de cada área de trabajo. Esta acción no solo cumple con las exigencias del reglamento, sino que también refuerza la seguridad estructural de la empresa.

Estructura del Reglamento y organización de los recursos preventivos

El Reglamento de los Servicios de Prevención se compone de cinco capítulos y varios anexos técnicos que detallan desde los principios generales hasta los requisitos específicos de acreditación.

El Capítulo I establece las disposiciones generales, dejando claro que la prevención debe integrarse en la gestión global de la empresa y no tratarse como un elemento aislado. La seguridad, por tanto, se convierte en un valor corporativo estratégico.

El Capítulo II, dedicado a la evaluación de riesgos y planificación preventiva, obliga a las empresas a identificar, analizar y controlar los posibles peligros laborales. Este proceso debe tener en cuenta las condiciones del entorno, los equipos utilizados y los factores humanos. De esta planificación derivan medidas concretas como la instalación y mantenimiento de un extintor 6 kg, uno de los más comunes por su eficacia y versatilidad frente a distintos tipos de incendios.

Un extintor 6 kg de polvo ABC, por ejemplo, ofrece una respuesta rápida y segura ante fuegos originados por materiales sólidos, líquidos inflamables o cortocircuitos eléctricos. Disponer de este tipo de equipo en las zonas de riesgo es una exigencia que cumple con el reglamento y garantiza una protección inmediata.

Capítulo III: Organización preventiva y sistemas de protección activa contra incendios

El RD 39/1997 define cuatro modalidades para organizar la actividad preventiva: la asunción personal del empresario, la designación de trabajadores encargados, la creación de un servicio de prevención propio o la contratación de un servicio de prevención ajeno.

Independientemente del modelo elegido, todas las empresas deben contar con medios técnicos adecuados, entre ellos los sistemas de protección activa contra incendios, que incluyen detectores de humo, alarmas automáticas y extintores portátiles.

La protección activa contra incendios es un concepto clave dentro del reglamento, ya que hace referencia a los equipos y sistemas que actúan directamente sobre el fuego, controlándolo o extinguiéndolo. Contar con este tipo de medidas reduce significativamente las consecuencias de un siniestro y demuestra un compromiso empresarial con la seguridad integral.

Asimismo, el mantenimiento de estos equipos debe realizarse de forma periódica conforme a las normativas UNE y a las directrices del RD 39/1997. Un extintor mal revisado puede convertirse en un riesgo en lugar de una solución.

Capítulo IV: Auditorías y acreditaciones preventivas

El reglamento establece que los servicios de prevención ajenos deben estar oficialmente acreditados para garantizar su competencia técnica. Además, aquellas empresas que no dispongan de un servicio ajeno deben realizar auditorías externas periódicas con el fin de evaluar la eficacia de sus sistemas de seguridad.

Estas auditorías permiten detectar posibles deficiencias en la instalación, mantenimiento o uso de los equipos de protección contra incendios. Por ello, trabajar con proveedores especializados en la venta y revisión de extintores se convierte en una práctica recomendada.

En muchos casos, estas inspecciones incluyen la verificación del correcto estado de carga, presión y etiquetado de los extintores de 6 kg, asegurando que cumplan con las normas técnicas y de seguridad aplicables.

Capítulo V y anexos: Formación, cualificación y rigor técnico

El Capítulo V del RD 39/1997 se centra en la formación y cualificación del personal técnico, estableciendo tres niveles (básico, intermedio y superior) según la responsabilidad y conocimientos necesarios. Esta jerarquía garantiza que cada empleado tenga la preparación adecuada para actuar en emergencias y aplicar correctamente los protocolos de seguridad.

Los anexos técnicos complementan la normativa con detalles sobre los criterios de acreditación de los servicios de prevención, los contenidos mínimos de las auditorías y los requisitos de formación. Gracias a estos anexos, se asegura una aplicación uniforme y profesional de las medidas preventivas en todo el territorio nacional.

Actualizaciones y evolución del RD 39/1997

Desde su publicación, el RD 39/1997 ha sido objeto de diversas modificaciones destinadas a mejorar la eficacia de la prevención de riesgos laborales. Entre ellas destacan el RD 780/1998, que actualizó los criterios de acreditación, y el RD 604/2006, que introdujo mejoras en los procedimientos de evaluación y formación técnica.

Estas actualizaciones reflejan la necesidad constante de adaptar la legislación a los nuevos riesgos laborales y a las innovaciones tecnológicas, especialmente en lo que respecta a los equipos de protección contra incendios y los sistemas de detección temprana.

Prevención, responsabilidad y compromiso empresarial

Cumplir con el RD 39/1997 no es únicamente una obligación legal, sino una inversión estratégica en la seguridad, la salud y la productividad de la empresa. Integrar la prevención de riesgos en la gestión corporativa fortalece la reputación, mejora la confianza de los trabajadores y evita sanciones administrativas.

Disponer de extintores certificados, realizar revisiones periódicas y apostar por una protección activa contra incendios eficiente son pasos esenciales para garantizar un entorno laboral seguro. En definitiva, la aplicación rigurosa de este reglamento no solo salva vidas, sino que consolida una auténtica cultura preventiva dentro de la organización.