La eterna duda al abrir un local
Si estás montando tu negocio, seguro que te han dicho que necesitas ignifugar techos, estructuras o conductos antes de abrir. Pero, ¿qué pasa si ya tienes todo listo y te falta ese trámite? ¿Te dejarán abrir parcialmente o te multarán? Hoy vamos a explicarte sin rodeos qué dice la ley sobre abrir mientras tramitas la ignifugación.
La ignifugación no es un simple requisito
Primero, entiende esto: la ignifugación no es un capricho de los ayuntamientos. Es una medida de seguridad obligatoria para proteger vidas y bienes. Si un inspector detecta que operas sin tener estos tratamientos aplicados y certificados, puedes enfrentarte a sanciones, cierre inmediato y hasta responsabilidades penales si ocurre un incendio.
Ignifugaciones: ¿puedo abrir con ellas en trámite?
Ignifugaciones es una palabra que suena lejana hasta que te toca. Muchos negocios intentan abrir con un “permiso provisional” mientras terminan las obras. Sin embargo, si tu actividad está clasificada como riesgo medio o alto, necesitarás el certificado final de ignifugación antes de la licencia de apertura definitiva. Algunas ciudades permiten apertura parcial de zonas no afectadas, pero siempre con un acta de inspección previa que lo autorice.
La realidad en ignifugaciones Madrid
Si montas tu local en la capital, debes saber que ignifugaciones Madrid suele ser un requisito previo a la licencia de actividad. El Ayuntamiento no entrega licencia si la ignifugación no está terminada y certificada por empresa homologada. Aunque a veces permiten apertura parcial para formación interna o montaje sin atención al público, esto depende de tu inspector y de la evaluación de riesgos de tu actividad.
Lo que pasa con ignifugaciones Sevilla
En ignifugaciones Sevilla ocurre algo parecido. Si tu local necesita ignifugar estructuras metálicas o conductos de ventilación y no lo has hecho, no te darán la licencia de apertura. Sí permiten, en algunos casos, trabajos internos o almacenaje sin público mientras tramitas. Sin embargo, para operar como restaurante, tienda o gimnasio, necesitarás el certificado final de ignifugación inscrito en Industria o Urbanismo, según la normativa local.
¿Qué dice la ley exactamente?
La ley de seguridad contra incendios, tanto estatal como autonómica, no permite abrir al público si tu local no cumple las medidas de protección pasiva y activa exigidas en el proyecto. Entre ellas, la ignifugación. El Código Técnico de Edificación (CTE) y la normativa de protección contra incendios (RIPCI) exigen que todos los tratamientos ignífugos estén aplicados y certificados antes de la primera actividad con clientes.
Apertura parcial o provisional: qué puedes hacer
Si tus obras están casi terminadas y solo falta la ignifugación de un conducto, podrías solicitar al ayuntamiento un permiso de apertura parcial. Esto permite usar las áreas ya seguras y cerradas al resto en obras. Sin embargo, es el inspector quien evalúa si el riesgo es asumible. En locales pequeños, esta opción casi nunca se aprueba. En grandes naves industriales, es más común si separan zonas con tabiques RF y señalización adecuada.
Ejemplo real: cafetería en Madrid
Un cliente que gestionó su licencia en Chamberí tenía todo listo menos la ignifugación de sus vigas metálicas vistas. Pidió apertura parcial para abrir terraza y barra, pero el inspector lo rechazó porque esas vigas formaban parte de la estructura principal y no había garantía de resistencia al fuego. Tardó dos semanas en aplicar el tratamiento y obtener el certificado, y hasta entonces no pudo abrir. Esto demuestra que, en la práctica, es mejor tramitar ignifugaciones antes de planear la apertura.
¿Por qué los inspectores no permiten aperturas sin ignifugación?
Porque, ante un incendio, las estructuras sin ignifugar colapsan antes, poniendo en riesgo la evacuación y la vida de empleados y clientes. La normativa se basa en evitar tragedias, no en complicarte el negocio. Aunque parezca burocracia sin sentido, estas medidas salvan vidas y evitan indemnizaciones millonarias si algo sale mal.
Recomendaciones prácticas si te faltan las ignifugaciones
Si aún no las has hecho, no abras al público. Contacta con una empresa homologada, solicita su presupuesto y tiempos de aplicación (generalmente 1-2 días, según el metraje), y pide su certificado antes de la inspección final. Si tu proyecto prevé ignifugaciones en techos o vigas, planifica que sea el último paso de obra, ya que requiere superficies limpias y secas.
¿Puedo pedir cita de inspección sin ignifugación?
Puedes pedirla, pero el inspector te la rechazará o te dará un requerimiento para terminar el trámite. Algunos negocios hacen esto para “ganar tiempo” y cerrar su expediente con un requerimiento en vez de denegación, pero no te lo recomiendo. Retrasa el proceso y proyecta mala imagen ante Urbanismo.
¿Qué pasa si ignoro este requisito y abro igual?
Te expones a multas, cierre inmediato del local y posibles cargos penales si ocurre un incendio con víctimas. Además, tu seguro no te cubrirá si no cumples la normativa de protección pasiva, y la ignifugación es un punto clave que revisan en cualquier siniestro.
Conclusión: no te la juegues
En resumen, abrir mientras tramitas la ignifugación es casi imposible salvo en situaciones muy específicas de obras sin público. La ley exige que este tratamiento esté completado y certificado antes de la licencia de actividad. Mi consejo: contacta a expertos en ignifugaciones, planifica tiempos realistas y evita sanciones o retrasos innecesarios. Si quieres más información sobre precios, materiales y certificaciones, visita Ignifugaciones Promatec y resuelve tus dudas con técnicos especializados.