Normativa de extintores en la Comunidad de Madrid. Guía completa para garantizar instalaciones seguras y cumplir la regulación vigente.

Normativa de extintores en la Comunidad de Madrid. Guía completa para garantizar instalaciones seguras y cumplir la regulación vigente. 

La normativa de extintores en la Comunidad de Madrid establece los criterios obligatorios para la instalación, mantenimiento y señalización de los equipos de protección contra incendios en diferentes tipos de edificaciones. Cumplir estos requisitos no es solo una responsabilidad legal: también representa una inversión en seguridad, prevención y protección integral para cualquier espacio habitado o destinado a una actividad económica.

A continuación, desarrollamos una guía exhaustiva que profundiza en cada exigencia técnica, el marco legal vigente, los requisitos de mantenimiento y las obligaciones asociadas a la propiedad o a la gestión de instalaciones.

Dónde comprar extintor para casa: opciones seguras y certificadas

Cuando analizamos donde comprar extintor para casa, es fundamental acudir a establecimientos autorizados y proveedores certificados que garanticen productos homologados bajo el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI). Los modelos recomendados para uso doméstico suelen ser de polvo ABC de 1 kg o 2 kg, perfectamente adaptados para enfrentar incendios comunes dentro del hogar. Las tiendas especializadas, empresas autorizadas en protección contra incendios o comercios con certificación UNE son los puntos de venta más seguros para garantizar un equipo fiable y con garantía de calidad.

Comprar extintor: aspectos técnicos que se deben considerar

Antes de comprar extintor, es esencial conocer las características que exige la normativa: capacidad, agente extintor adecuado al tipo de riesgo y homologación correspondiente. Un extintor certificado debe incluir su marcado CE, número de fabricación, fecha de retimbrado y presión correcta. Las empresas proveedoras autorizadas ofrecen asesoría técnica para seleccionar el modelo más adecuado según el tipo de espacio, ya sea una vivienda, un local comercial o una nave industrial. Además, garantizan que el equipo adquirido cumpla con todas las exigencias del RIPCI y de las normativas UNE.

Normativa de extintores en la Comunidad de Madrid: requisitos esenciales

La normativa de extintores en la Comunidad de Madrid se fundamenta en reglamentos estatales y autonómicos destinados a regular tanto la instalación como las revisiones de los equipos. Entre los textos más importantes se encuentran el Real Decreto 513/2017, el Código Técnico de la Edificación (CTE) y diversas normas UNE que establecen criterios estrictos para el funcionamiento seguro de los sistemas contra incendios.

Las obligaciones de instalación abarcan a locales comerciales, oficinas, hoteles, centros educativos, hospitales, cocinas profesionales, naves industriales y comunidades de propietarios. Cada uno de estos espacios debe disponer de extintores adecuados al riesgo específico, correctamente señalizados y ubicados a distancias normativas que garanticen un acceso inmediato.

Marco legal y reglamentación aplicable en Madrid

La regulación en la Comunidad de Madrid exige el cumplimiento obligatorio de normas tanto nacionales como autonómicas. Dichos textos determinan el tipo de extintor requerido, su distribución en el edificio, la señalización fotoluminiscente necesaria y la frecuencia de revisiones obligatorias.

Los principales textos legales contemplan:

  • Real Decreto 513/2017 (RIPCI), que regula instalaciones de protección contra incendios. 
  • Código Técnico de la Edificación, especialmente el Documento Básico SI. 
  • Normativa UNE para extintores portátiles y señalización. 
  • Reglamentos autonómicos relativos a industria y seguridad. 

Obligatoriedad de instalación según tipo de edificio y uso

Todo establecimiento abierto al público o destinado a una actividad laboral debe contar con extintores distribuidos correctamente en función de su superficie, ocupación, número de plantas y tipo de riesgo. La normativa establece una distancia máxima de 15 metros desde cualquier punto del recorrido de evacuación hasta el extintor más próximo.

Estas unidades deben colocarse de manera accesible, visibles y sobre soportes firmes que eviten obstrucciones en caso de emergencia.

Altura de instalación y señalización obligatoria

La altura normativa indica que la parte superior del extintor no debe superar los 1,70 metros, mientras que la parte inferior no puede quedar a menos de 10 centímetros del suelo. La señalización debe seguir criterios fotoluminiscentes según UNE 23033-1, siendo obligatoria su sustitución cuando pierde capacidad lumínica.

Tipos de extintores permitidos según actividad

La Comunidad de Madrid define qué extintores son aptos según el tipo de fuego:

  • Extintores de polvo ABC: polivalentes para sólidos, líquidos y gases. 
  • Extintores de CO₂: recomendados para riesgos eléctricos y salas técnicas. 
  • Extintores de espuma: indicados para líquidos inflamables. 
  • Extintores tipo F: obligatorios en cocinas profesionales. 

La capacidad mínima varía según el uso, aunque en la mayoría de instalaciones públicas se requiere un extintor de polvo de 6 kg.

Mantenimiento obligatorio y revisiones periódicas

El RIPCI establece tres niveles de mantenimiento:

Revisión trimestral

A cargo del propietario. Consiste en comprobar presión, accesibilidad, estado del precinto y ausencia de daños.

Revisión anual

Realizada por una empresa mantenedora autorizada. Incluye comprobación técnica, pesaje, verificación de válvulas y control del manómetro.

Retimbrado cada 5 años

Prueba hidráulica obligatoria para mantener la homologación.

La vida útil de un extintor es de 20 años, tras los cuales debe retirarse.

Requisitos para empresas mantenedoras autorizadas

Las empresas responsables del mantenimiento deben estar inscritas en el Registro de Instalaciones de Protección Contra Incendios de la Comunidad de Madrid. Tras cada revisión deben entregar:

  • Etiqueta actualizada en el extintor 
  • Certificado técnico firmado 
  • Registro documental oficial 

Inspecciones y sanciones por incumplimiento

Incumplir la normativa puede acarrear sanciones económicas que oscilan entre los 600 € y los 600.000 €, dependiendo de la gravedad:

  • Leves: señalización incorrecta o falta de revisión trimestral. 
  • Graves: extintores caducados o sin contrato de mantenimiento. 
  • Muy graves: inexistencia de equipos obligatorios o manipulación fraudulenta. 

Las sanciones pueden incluir cierre temporal del local, pérdida de licencias o responsabilidades penales.

Requisitos en viviendas, comunidades y cocinas profesionales

En viviendas particulares no es obligatorio disponer de extintor, aunque sí recomendable. En garajes comunitarios, cuartos de contadores y zonas técnicas, su instalación es obligatoria.
Las cocinas profesionales deben disponer de extintores tipo F y sistemas automáticos de extinción en campana extractora.

Cumplir rigurosamente la normativa 

Cumplir rigurosamente la normativa garantiza seguridad, protección jurídica y continuidad operativa. Contar con extintores homologados, bien mantenidos y correctamente señalizados es indispensable para prevenir riesgos y evitar sanciones.