Cambio de titular licencia de actividad en Sevilla: todo lo que necesitas saber
Imagínese usted, querido lector, heredando el bar de su tío Paco en pleno centro de Sevilla. Un local con solera, con el aroma a café de puchero en las paredes y el bullicio de los parroquianos aún resonando en las losas. Pero antes de tirar de persiana y colgar el delantal, hay un pequeño asunto que conviene resolver: el cambio de titular de la licencia de actividad.
Este trámite, a primera vista más árido que un verano en la Campiña sevillana, es sin embargo el paso imprescindible para que usted pueda asumir legalmente la gestión de ese negocio que tanto le ilusiona. Aquí se lo contamos todo con la claridad de un parte meteorológico y el detalle de una receta de puchero.
¿Qué es exactamente el cambio de titularidad de una licencia de actividad?
Hablamos de un procedimiento administrativo que permite transferir la responsabilidad legal de una actividad económica —sea un bar, una tienda de barrio o una peluquería canina— de una persona a otra. No cambia la actividad ni el local, solo quien figura como responsable ante el Ayuntamiento. Y no, no es opcional. Es obligatorio, tanto para evitar sanciones como para que el nuevo titular pueda ejercer con todas las bendiciones legales.
Documentación necesaria para el cambio de titular
Antes de acercarse al Ayuntamiento como quien va de romería, conviene reunir los papeles. Estos son los documentos básicos:
- DNI/NIE del nuevo titular.
- Contrato de compraventa, arrendamiento o documento que acredite la transmisión del negocio.
- Licencia de actividad actual.
- Formulario oficial de cambio de titularidad debidamente cumplimentado.
- Escritura del local si se ha adquirido en propiedad.
Una vez tenga todo, le tocará presentar el expediente en el Registro General del Ayuntamiento, ya sea en papel o a través de la sede electrónica (si se maneja usted con la firma digital, claro).
¿Cuánto cuesta cambiar el titular de una licencia de actividad?
El precio suele rondar los 100 € + IVA. Es un trámite relativamente asequible, aunque conviene contar con asesoramiento técnico si no quiere acabar rellenando el formulario como si estuviera descifrando jeroglíficos egipcios.
Inspección y revisión técnica
Una vez entregado el expediente, los técnicos municipales se pondrán manos a la obra. Revisarán la documentación y es posible que realicen una inspección del local para comprobar que todo esté en orden y conforme a normativa. Aquí es donde muchos se dan cuenta de que hay cables sueltos, extintores sin revisar o salidas de emergencia bloqueadas. No deje nada al azar.
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Tiempo estimado y plazos para la resolución
El procedimiento no debería alargarse más de 30 días hábiles, aunque esto depende de la carga de trabajo de la administración. Si todo está en regla, en apenas unas semanas recibirá usted su flamante licencia con el nombre del nuevo titular estampado en letras bien claritas.
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Normativa aplicable al cambio de titularidad
Este procedimiento se rige por la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por las ordenanzas municipales del Ayuntamiento de Sevilla.
Importante: si el negocio ha cambiado de uso o se ha realizado alguna reforma sustancial, probablemente no le sirva con un simple cambio de titular. En ese caso, hablaríamos de solicitar una nueva licencia, y el proceso sería más extenso.
Errores frecuentes que pueden retrasar el proceso
Entre los errores más habituales que vemos día sí, día también, están:
- Presentar documentación incompleta.
- No tener en regla el contrato de transmisión del negocio.
- No disponer de la licencia original.
- No cumplir con las condiciones de accesibilidad o seguridad del local.
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Para evitar estos y otros errores comunes, le recomendamos leer este artículo: Errores que pueden retrasar tu licencia de actividad y cómo evitarlos.
¿Y si no se hace el cambio de titular?
Si no se realiza el trámite, el antiguo titular seguirá siendo legalmente responsable. ¿Qué significa esto? Que si hay una inspección y se detectan irregularidades, las sanciones podrían caerle a quien ya ni pisa el local. Además, el nuevo titular podría verse imposibilitado para ejercer ciertos derechos ante la administración o seguros.
Algunas recomendaciones finales
Desde aquí, como si estuviéramos en un micrófono de la COPE a las 8 de la mañana, le decimos: no deje el cambio de titularidad para mañana. Si ha heredado, comprado o le han traspasado un negocio, resuelva esto cuanto antes. Es una cuestión de seguridad jurídica y de sentido común. Y si necesita ayuda, hay expertos que lo gestionan en cuestión de días.
Sevilla es maravillosa, sí, pero la burocracia sevillana no siempre lo pone fácil. Así que mejor ir con todo bien atado, como el nudo de una buena corbata antes de una entrevista.