Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en establecimientos sanitarios: guía completa y actualizada. Un marco técnico esencial para la seguridad hospitalaria.

Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en establecimientos sanitarios: guía completa y actualizada.  Un marco técnico esencial para la seguridad hospitalaria.

En el ámbito sanitario, la protección contra incendios constituye un elemento fundamental para garantizar la seguridad de los pacientes, el personal y las instalaciones médicas. La Orden de 24 de octubre de 1979 marcó un antes y un después en la normativa española, al establecer los primeros requisitos técnicos de prevención, detección y actuación ante emergencias en hospitales, clínicas y centros de salud.

Aunque su redacción tiene más de cuatro décadas, su esencia continúa vigente y ha servido como base para regulaciones más recientes como el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) y el Código Técnico de la Edificación (CTE). A continuación, analizamos sus puntos más importantes y cómo se integran en el marco normativo actual.

Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en establecimientos sanitarios

Requisitos generales y estructura de seguridad hospitalaria

La Orden de 24 de octubre de 1979 estableció los primeros criterios técnicos para el diseño y la construcción de centros sanitarios bajo un esquema de compartimentación, evacuación y dotación mínima de equipos contra incendios.

Sectorización y compartimentación

El documento definió la necesidad de crear sectores de incendio para evitar la propagación del fuego y facilitar la evacuación segura. Cada zona debía disponer de cerramientos resistentes al fuego, puertas cortafuego con cierre automático y áreas de transición seguras entre los espacios asistenciales y los de riesgo especial, como salas de calderas, almacenes de gases medicinales o archivos.

Este principio de compartimentación sigue vigente y es uno de los pilares del Documento Básico SI del CTE.

Sistemas de evacuación y señalización obligatoria

El entorno hospitalario presenta retos específicos: movilidad reducida de los pacientes, complejidad del equipamiento médico y necesidad de coordinación del personal. Por ello, la Orden estableció medidas clave para asegurar una evacuación rápida y ordenada.

Itinerarios de evacuación protegidos

Los pasillos debían tener anchura suficiente para el tránsito de camillas y sillas de ruedas, las escaleras ser protegidas y ventiladas, y cada planta disponer, siempre que fuera posible, de dos salidas alternativas. Se prohibía el uso de obstáculos en las rutas de evacuación y se limitaba la colocación de mobiliario en ellas.

Señalización y alumbrado de emergencia

La normativa exigía la instalación de señales fotoiluminadas, alumbrado autónomo en puntos críticos y señalización visible de los equipos de extinción. Esto aseguraba que, incluso en caso de fallo eléctrico, los ocupantes pudieran orientarse y evacuar con rapidez.

Protección activa contra incendios en centros sanitarios

El control efectivo del fuego depende en gran medida de la dotación de equipos de protección activa, entre ellos los extintores, las bocas de incendio equipadas (BIE) y los sistemas de detección y alarma.

Extintores portátiles obligatorios y precio extintor 6 kg

La Orden introdujo la obligatoriedad de instalar extintores portátiles en todos los centros sanitarios. En la actualidad, el precio extintor 6 kg varía según el tipo de agente extintor (polvo ABC, CO₂ o espuma), la marca y el cumplimiento de las normas UNE-EN. Sin embargo, lo más relevante es su correcta ubicación y mantenimiento:

  • Colocación a una distancia máxima de 15 metros entre unidades. 
  • Señalización visible y accesible. 
  • Mantenimiento periódico certificado por empresas homologadas. 

Los extintores de 6 kg son los más comunes por su equilibrio entre capacidad y manejo, ideales para pasillos, áreas administrativas o consultas médicas.

Bocas de Incendio Equipadas (BIE) y extintores precios

Las BIE fueron otro de los elementos normativos introducidos por la Orden. Debían instalarse en zonas de alto riesgo o en edificios con una superficie construida considerable. Estas mangueras conectadas a la red de agua proporcionan un caudal continuo para controlar el fuego en sus primeras fases.

En la actualidad, los extintores precios dependen de su capacidad, tipo de agente y certificación. Aun así, más allá del costo inicial, lo esencial es garantizar la homologación UNE 23110 y UNE-EN 3, que aseguran su eficacia en entornos hospitalarios donde la precisión y la rapidez son vitales.

Instalaciones fijas de detección y alarma

Aunque en 1979 la tecnología era limitada, ya se exigía disponer de detectores de humo y temperatura, sistemas de alarma manual mediante pulsadores y señalización acústica y visual. Estas instalaciones evolucionaron hacia sistemas analógicos y direccionables, permitiendo una respuesta más precisa y rápida ante cualquier conato.

Protección pasiva: materiales y control de humos

La Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios también se centró en los materiales de construcción y la resistencia estructural frente al fuego.

Materiales ignífugos y resistencia estructural

Los elementos constructivos —muros, techos y carpinterías— debían contar con una resistencia al fuego mínima certificada. Además, las estructuras metálicas debían estar ignifugadas para mantener su estabilidad durante el tiempo necesario para la evacuación.

Control de humos y ventilación

Para evitar la acumulación de gases tóxicos, se establecieron requisitos de ventilación natural o mecánica, especialmente en escaleras y zonas cerradas. Este sistema debía impedir que el humo penetrara en las áreas de evacuación o en los quirófanos, garantizando así la seguridad del personal y los pacientes.

Organización interna y formación del personal

Más allá de las infraestructuras, la Orden reconocía la importancia del factor humano en la gestión de emergencias.

Planes de autoprotección y protocolos internos

Aunque el término “Plan de Autoprotección” se formalizó posteriormente con el Real Decreto 393/2007, la Orden ya exigía procedimientos escritos, designación de equipos internos de intervención, responsables por turno y simulacros periódicos. Estos procedimientos aseguraban una reacción coordinada ante cualquier eventualidad.

Formación continua

La capacitación del personal sanitario incluía el uso de extintores, BIE y sistemas de alarma, así como entrenamiento práctico anual para garantizar la correcta asistencia a pacientes durante una evacuación.

Integración con la normativa actual

La Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios sigue siendo una referencia técnica, complementada hoy por un marco más amplio que incluye:

  • Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI 2017). 
  • Código Técnico de la Edificación (Documento Básico SI). 
  • Real Decreto 393/2007 sobre Autoprotección. 
  • Normas UNE específicas de equipos de PCI. 
  • Legislación autonómica complementaria. 

Este conjunto de normas garantiza que los centros sanitarios cumplan los más altos estándares de seguridad, adaptándose a la evolución tecnológica y a la complejidad arquitectónica de los hospitales modernos.

Una normativa vigente y necesaria

La Orden de 24 de octubre de 1979 fue el punto de partida para la protección integral contra incendios en los establecimientos sanitarios españoles. A pesar de su antigüedad, sus principios técnicos —compartimentación, evacuación segura, uso de materiales ignífugos y dotación de equipos de extinción— continúan siendo la base de la seguridad hospitalaria actual.

Su comprensión es esencial para auditar instalaciones existentes, planificar reformas y garantizar la protección de pacientes y profesionales ante cualquier emergencia. Cumplir con esta Orden y con las regulaciones complementarias no es solo una obligación legal, sino un compromiso ético con la vida y la seguridad.